Se aprobó el primer caso de prisión domiciliaria para un preso del Penal de Chimbas

Se conoció el primer caso en la Justicia Federal de un reo sanjuanino que sale por la pandemia, Tiene 57 años y es considerado dentro de la población en riesgo frente al COVID-19.


 

Mientras se profundiza el debate a nivel nacional por la salida de presos de las cárceles por la pandemia del coronavirus, en la provincia se conoció el primer caso de un reo del penal de Chimbas que obtuvo la prisión domiciliaria de la Justicia Federal. Es un presunto narco detenido en 2018. Y aunque el fiscal de cámara se opuso, el Tribunal Oral Federal de San Juan entendió que es una persona en riesgo y en protección de su salud ordenó que lo enviaran a la casa de un primo.

El beneficiado es Leopoldo Miranda, de 57 años, quien cayó detenido en noviembre de 2018 en un procedimiento de droga, revelaron fuentes oficiales. Fue procesado y ahora está a la espera ser enjuiciado por el delito de tenencia y tráfico de droga, agravada por la supuesta comercialización y participación de tres o más personas, señalaron. Desde el 21 de este mes este preso cumple su detención en un domicilio del barrio Frondizi, en Capital, a partir de la resolución dictada por los jueces de cámara Hugo Echegaray, Eliana Rattá Rivas y Daniel Doffo del Tribunal Oral Federal de San Juan.

Miranda no sería el único. Fuentes penitenciarias señalaron que este martes salió otro preso federal con el mismo beneficio y habría otros. Pero el caso de Miranda es el primero que se conoce oficialmente desde comenzó la seguidilla de presentaciones de presos solicitando irse a su casa por el peligro de contagio del coronavirus dentro del penal de Chimbas. Se hablaba al menos 75 solicitudes por parte de los presos federales y de otras 200 de internos con causas penal en la justicia provincial.

En el caso de Miranda, el que planteó el pedido fue el abogado Gustavo De la Fuente. Sus argumentos fueron que este reo es una persona adulta mayor, que padece de diabetes tipo 2, EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica) y otras afecciones, además de no contar con otros antecedentes penales.

El fiscal de cámara se negó de plano y aclaró, al igual que los fiscales del fuero provincial, que “no surgen razones técnicas o científicas que aseguren que medidas como la prisión domiciliaria sean más eficaces para el resguardo de la integridad y salud de los detenidos en el contexto de una pandemia”. Señaló también que en la provincia hay sólo dos casos de coronavirus detectados y que el Servicio Penitenciario Provincial implementó medidas sanitarias de control epidemiológico, en especial con el grupo en riesgo, siguiendo los lineamientos nacionales y provinciales del Ministerio de Salud Pública. Por otro lado, recalcó que Miranda está imputado de participación en el delito de transporte y comercialización de estupefacientes, algo considerado grave y de afectación a la salud pública. Ante ello, afirmó que “no existe razón para modificar la modalidad de prisión preventiva que hasta el momento cumple”.

Los argumentos

Los camaristas, por su parte, citaron a la Organización Mundial de Salud que declaró como pandemia al COVID-19 y el decreto del Ejecutivo nacional que ratificó emergencia sanitaria en todo país. Y trajeron a mención a las autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que en 2019 declararon la emergencia penitenciaria por la superpoblación carcelaria en el país, y señalaron que en el penal de Chimbas esa superpoblación llega a un 150 por ciento.

Sostuvieron que el Estado debe garantizar las condiciones de higiene y salubridad de todas personas privadas de la libertad. Asimismo señalaron la acordada de la Cámara Federal de Casación Penal que encomienda dar urgente trámite a cuestiones referidas a personas privadas de la libertad que conformen el grupo de riesgo en estas circunstancias extraordinarias. Y si bien reconocieron que existe un plan integral de control y resguardo de los presos en el Servicio Penitenciario Provincial, también aclararon que hay peligro de que el virus se propague en un contexto de encierro. En este caso, consideraron que Miranda está incluido entre ellos. También, citando a la Cámara Federal de Casación Penal,aclaró que el otorgamiento de las detenciones domiciliarias debe considerarse en casos en los que  los presos no están acusados o condenados por delitos violentos.

Fue así que resolvieron otorgarle la prisión domiciliaria y que cumpla esa detención en la casa de su primo en el barrio Frondizi, en Capital. Dispusieron que el Servicio Penitenciario provincial lo traslade, que verifique el lugar, que constate las personas que convivirán con él imputado y que uno de ellos se haga cargo como tutor. Además ordenó que la Dirección de Protección al Preso, liberado y Excarcelado de San Juan controle vía telefónica u por otro medio que el procesado cumpla con lo estipulado, que no salga del país y que el organismo informe periódicamente de su situación. Y que se arbitre los medios para colocarle un dispositivo de monitoreo al interno.

 

 

Fuente: TDSJ

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