Además, en junio también habrá nuevos beneficios para jubilados, pensionados, AUH y AUE, como el nuevo bono de $17.000 o el saldo de la Tarjeta Alimentar de $34.000 del Ministerio de Desarrollo Social.

Reintegros de AFIP: nuevos topes

El reintegro a sectores vulnerables por consumos realizados con tarjeta de débito se extendió por seis meses y se incrementó en un 100% a partir del vencimiento de la actual etapa en junio próximo, por lo que estará vigente hasta fines de año.

Así lo definió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 5360/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, que duplicó los montos máximos de los reintegros:

  •  Pasó de $2.028 a $4.056 por mes por titular
  • En el caso de percibir dos o más asignaciones se alcanza los $8.114

De esta manera, los beneficiarios de AUH que tengan más de un hijo recibirán $8.114 de reintegro.

Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática dentro de las 24 a 48 horas de realizada la compra, dependiendo si se realiza antes o después de las 17 de cada jornada en la cuenta bancaria de donde se cobra la prestación o asignación.

Reintegros ANSES: ¿quiénes pueden acceder?

La medida, implementada a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en diciembre de 2019 como una herramienta para apuntalar la demanda, beneficia a:

  •  Jubilados que cobran el haber mínimo
  • Pensionados que cobran el mínimo de pensión por fallecimiento o pensión no contributiva nacional (invalidez, vejez, madre de siete o más hijos, entre otras)
  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación por Embarazo (AUE)

El beneficio no es válido para los jubilados que cobran por encima del haber mínimo, así como a los trabajadores autónomos o en relación de dependencia, monotributistas (excepto adheridos a Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o especial para pequeños productores agrarios) y para quienes tributen Ganancias o Bienes Personales.

Reitegros AFIP: cómo acceder y dónde comprar

El reintegro comprende a un 15% del valor de compra, y es válido para los consumos en farmacias, comercios (incluyendo supermercados, minimercados, hipermercados almacenes y kioscos) y mayoristas.

Para acceder al mismo, los consumos deben ser realizados con la tarjeta de débito asociada donde se cobra la prestación.

Los productos alcanzados son los alimenticios, en el caso de los supermercados y kioscos; y en farmacias, productos farmacéuticos y de herboristería, cosméticos, de tocador y perfumería.

También están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

La AFIP sostuvo que extendió el beneficio porque “ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos y fomentar el uso de medios electrónicos de pago”.

Además, destacó que, “en el actual contexto, se considera necesario aumentar los topes de reintegros”.